Plan Estrategico de Supervisión Educativa para mejorar la praxis de los docentes (página 2)
Finalmente se presenta la supervisión
democrática, creadora, estimuladora y orientadora de los
procesos científicos que debe desarrollar un profesional
capacitado para mejorar la calidad de la enseñanza; ese
estilo de supervisión se caracteriza por la
utilización de normas propias de las relaciones humanas,
del trabajo cooperativo y de las dinámicas de grupo; las
destrezas y habilidades de los participantes del proceso, tienen
tanta importancia como la aplicación del método
científico y del pensamiento racional.
Los diferentes criterios y opiniones, la
estimulación a la iniciativa y a la creatividad propician
la conducta cooperativa y el trabajo en equipo, con el compromiso
individual determinando un proceso altamente productivo en
términos de negociación.
Actualmente, se toman criterios gerenciales que son
aplicados en las empresas para optimizar las negociaciones
traduciéndose en altos niveles de productividad del
recurso humano y financiero. Con las nuevas tendencias producto
de un cambio de paradigmas en el cual se le da más
oportunidad de participar a todos los entes involucrados en la
acción educativa surge el enfoque de la supervisión
integral.
El profesional de la educación que realiza la
función supervisora a nivel de los planteles educativos
poseerá una serie de atributos y cualidades personales y
profesionales además de las habilidades y destrezas
requeridas para el ejercicio de la función entre los
cuales cabe mencionar la alta capacitación, nivel de
compromiso, capaz de asumir retos con una visión clara de
la misión educativa y de esta manera contribuir
directamente al mejoramiento profesional de los docentes y por
ende de la eficacia del proceso de enseñanza y
organización del aprendizaje.
2.2.2 Soporte Legal.
Los instrumentos legales que fundamenta la actividad
educativa venezolana, enfatizan las acciones de asesoría,
la comunicación, de coordinación, de
promoción, de perfeccionamiento de recursos humanos y
otras más específicas, propias de las tareas
administrativas y técnico-docente que involucran el acto
de supervisión.
Las disposiciones reglamentarias para el ejercicio de la
supervisión educativa emanan de los instrumentos legales,
donde se establecen las bases y directrices del Sistema Educativo
Venezolano: Constitución Nacional (Gaceta Oficial Nº
36.860, Extraordinario del 30 de diciembre de 1999), Ley
Orgánica de Educación (Gaceta Oficial Nº
2.635, Extraordinario del 28 de julio de 1980), Reforma del
Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente (Gaceta
Oficial Nº 5.496, Extraordinario del 31 de octubre del
2000).
De acuerdo a la amplitud de responsabilidad que debe
asumir el supervisor en el cumplimiento de las funciones, debe
poseer competencias básicas que le permitan interpretar y
ejecutar acciones que contribuyan a mejorar los resultados
cualitativos y cuantitativos de la educación, en tal
sentido, tenemos:
La Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela (1999), en sus artículos: 102,
103, 104, 105, 106 precisa la responsabilidad del Estado con
respecto al deber de crear, sostener, orientar, organizar y
vigilar la educación de todos los venezolanos y
extranjeros que viven en el Territorio Nacional.
Al respecto, el Artículo 79, éste
constituye la norma suprema referente a la supervisión
docente en Venezuela, el mismo reza:
Toda persona natural o jurídica, previa
demostración de su capacidad, cuando cumpla de manera
permanente con los requisitos éticos, académicos,
científicos, económicos, de infraestructura y los
demás que la Ley establezca, puede fundar y mantener
instituciones educativas privadas bajo la estricta
inspección y vigilancia del Estado.
Este mismo Artículo contempla que el Estado
permite el libre ejercicio de la docencia, estimulando,
protegiendo y supervisando la educación
privada.
La Ley Orgánica de Educación (1980), en
sus Artículos 71 y 72 establece la responsabilidad del
Ejecutivo Nacional, a través del Ministerio de
Educación (ME), de ejercer la supervisión educativa
de los establecimientos docentes a fin de que cumplan los
objetivos señalados en el ordenamiento jurídico en
materia educativa.
En el Artículo 72, de la citada Ley, se establece
que la finalidad de la supervisión es orientar el proceso
técnico y administrativo de los diferentes niveles y
modalidades de los institutos docentes y velar porque se sigan
los planes y programas de estudio y los horarios
oficiales.
La política de Formación Docente
(Resolución Nº 12,1983), establece que para ser
profesional de la docencia se debe tener el título de
nivel superior y conceptualiza el alcance del perfeccionamiento
de los profesionales de la docencia.
La Reforma del Reglamento General de la Ley
Orgánica de Educación (2000), en sus
Artículos 150, 151, 152 y 153, en concordancia con el
Artículo 81 de la Ley Orgánica de Educación.
El Artículo 154 del citado reglamento contempla los
objetivos de la supervisión y en tal sentido señala
que los supervisores deben:
1. Visitar con frecuencia los institutos para
verificar las condiciones higiénicas de los mismos, el
rendimiento escolar de educadores y educandos, y reorientar el
proceso educativo con la finalidad de lograr el mejoramiento de
la calidad de la educación y del funcionamiento de los
servicios educativos.
2. Vigilar la dotación mobiliaria y
útiles de enseñanza indispensable para su buen
funcionamiento.
3. Participar en la evaluación de los
planes y metas cualitativas y cuantitativas.
4. Participar en la ejecución y
verificación de las políticas del
Estado.
5. Colaborar con el Ministerio de
Educación en cuanto a las gestiones encaminadas a obtener
el mejoramiento y perfeccionamiento cultural y profesional del
docente en servicio.
6. Estimular el apoyo moral y material de la
comunidad en favor de los establecimientos docentes.
7. Aplicar la evaluación y
coevaluación del personal docente y de los propios
supervisores.
En los Artículos 157 y 158, de este mismo
Reglamento, se hace referencia de que la supervisión en su
nivel jerárquico, se cumplirá dentro o fuera del
plantel, y la misma será ejercida por su personal
directivo y otros funcionarios de superior
jerarquía.
La Reforma Parcial del Reglamento General de la Ley
Orgánica de Educación (1999), en el Capítulo
VIII Sección Primera, Artículos 150, 151, 152, 153,
154, 155 referidos a la Supervisión Educativa contenidos
en el Decreto Nº 313, Gaceta Oficial Nº 36.787 emanado
de la Presidencia de la República Bolivariana de
Venezuela, referido a la Reforma Parcial del Reglamento General
de la Ley Orgánica de Educación de fecha 15 de
Septiembre de 1999, norman sobre la función supervisora
que se cumplirá en los distintos niveles y modalidades del
sistema educativo venezolano, la cual sólo podrá
ser ejercida por personas con títulos docentes nombrados
por el Ministerio de Educación y que deberá
orientarse hacia el cumplimiento de ciertos objetivos previamente
señalados por la Constitución y las Leyes, entre
los cuales, se destaca el de propiciar el mejoramiento de la
calidad de la enseñanza y estimular la superación
profesional de los docentes mediante su participación en
el asesoramiento, control y evaluación del proceso
educativo y de los servicios correspondientes.
Es importante destacar que en los artículos antes
señalados, se hacen mención a que esta
función supervisora debe cumplirse de igual forma tanto en
los planteles oficiales como en los privados.
Los artículos 159 y 160, se refieren a la
supervisión educativa en su segundo nivel y, en tal
sentido, se establece que para el mejor ejercicio de la misma el
Ministerio de Educación distribuirá el Territorio
Nacional en zonas geográficas que denomina Distritos
Escolares, que tal función será ejercida por el
supervisor Jefe de Distrito Escolar y los supervisores del
sector.
Señalan los artículos antes mencionados,
que la función supervisora en este segundo nivel
abarcará los planteles, comunidades educativas,
cátedras y servicios educativos que existan en el
ámbito de su competencia.
En cuanto al Modelo Normativo (1999) de nivel de
Educación Media, Diversificada y Profesional en lo que se
refiere a la labor supervisora, expresa que la supervisión
se ejercerá en forma general cuando se refiere a aspectos
comunes a la Administración Educativa y en norma
específica cuando va dirigida a un Nivel o Modalidad al
referirse a la supervisión de Educación Media,
señala: "La supervisión educativa es una actividad
técnico-docente que tiene como propósito
fundamental utilizar, en forma racional, los factores que hacen
posible la realización del proceso educativo
especializado, requiere de planificación y
evaluación permanente" (Modelo Normativo de
Educación Media, 1999, p.40).
En la Reforma Reglamento del Ejercicio de la
Profesión Docente (2000), en el Artículo 32,
referido a las Promociones y Ascensos del Personal Docente,
señala en la Tercera Jerarquía, los requisitos para
optar al cargo de supervisor se requiere:
1.- Se venezolano.
2.- Ganar el concurso correspondiente.
3.- Tener dedicación.
4.- Haber aprobado el curso de cuarto nivel
relativo a la naturaleza, funciones y atribuciones del
cargo.
5.- Poseer por lo menos la categoría de
Docente V.
La categoría de Docente V, establece lo
siguiente:
1. Cinco años de servicio en la
categoría Docente IV2. Cursos de Postgrado, equivalente a
especialización como mínimo3. Trabajo de Ascenso.
4. Puntaje mínimo acumulado 20
puntos.
El Decreto 1.011. Reforma del Reglamento del Ejercicio
de la Profesión Docente (2000).
Artículo Nº 1. Se modifica el
Artículo Nº 319, agregándose en la
Categoría 6, una Cuarta Categoría en los
términos siguientes:
Cuarta Jerarquía: SUPERVISORES ITINERANTES
NACIONALES, el cual estará conformado por docentes, a
proposición del Viceministro de Asuntos Educativos, del
cual dependerá jerárquicamente. Dichos supervisores
realizarán:
Supervisones integrales en todos los planteles
establecidos a nivel nacional. Si el informe final de la
supervisión integral de cada plantel así lo
recomienda, éste se intervendrá y podrás
suspenderse a todos o a algunos de los miembros del cuerpo
directivo, caso en el cual se designará el personal
directivo interino correspondiente.
Entre los requisitos para optar al cargo de Supervisores
Itinerantes Nacionales, se pueden mencionar:
1. Ser venezolano.
2. Ser o haber sido docente.
3. Ser de reconocida solvencia moral y con
méritos académicos suficientes que acrediten su
eficiencia profesional.4. Ser nombrado por el Ministerio de
Educación y Deportes, a proposición del
Viceministro de Asuntos Educativos.
Corresponde a la supervisión educativa orientar,
innovar, crear, coordinar, organizar y controlar el proceso
educativo de la forma más convenientes que contribuyan
efectivamente a mejorar y actualizar dicho proceso.
2.2.3 Fundamentos Teóricos.
La acción supervisora guarda una íntima
relación con sus principios, ambas obedecen a los factores
que cuentan y condicionan el Sistema Educativo Venezolano:
englobar la planificación, organización,
coordinación y la evaluación permanente del hecho
educativo. Además facilita el crecimiento personal del
docente como gerente de aula.
En la actualidad, se da importancia a la
supervisión como acompañamiento pedagógico
con la intención de mejorar la calidad de la
educación y por ende el desempeño del profesional
de la docencia. Al respecto Wiles (1982), (Citado en Rosales
1998), señala que en vez de "Supervisar", seria posible
emplear frases como ayudarse el uno al otro, aconsejarse
mutuamente, planear conjuntamente, o hablar el uno al otro cerca
de las maneras de mejorar los procesos de enseñanza y
aprendizaje" (p. 21).
En ese sentido, la labor de la persona designada para
llevar a cabo funciones de supervisión, radica en ayudar
al personal a supervisarse recíprocamente. Esto implica
que la supervisión no está limitada a una persona
y/o individuos que llevan el título de supervisores.
Cualquier miembro del personal de la institución educativa
puede ayudar a los maestros a condicionar mejor el ambiente
escolar para el aprendizaje de los alumnos/as.
2.2.3.1 Teoría del Rol.
La elaboración de todo trabajo de
investigación está concebida dentro de una
teoría, ella es necesaria para saber que se busca y hacia
donde se orienta la búsqueda. La presente
investigación se apoya en la Teoría del Rol, cuyos
principios permiten una idea más concreta sobre el
comportamiento de los supervisores, en cuanto a las funciones
gerenciales que le son inherentes.
Owens, R (1970), señala que "esta teoría
se ha usado ampliamente por observadores e investigadores de toda
clase de organizaciones, es un esfuerzo por comprender, mejorar y
anticipar la conducta organizacional" (p. 78).
Existen muchas clasificaciones del rol, para esta
investigación se seleccionará la
clasificación de Venne y Shents (citados en Owens, 1976),
quienes señalan que los roles dirigen las tareas del grupo
para reforzar sus conductas, a fin de conseguir y mantener
resultados separados. Entre los elementos que se encuentran en la
investigación están: la información, la
opinión y la crítica, estos influyen en la
creación de las actuaciones ambiguas y generan conflicto
que pueden afectar el desempeño del rol como gerente
educativo y de aulas (supervisores y docentes).
2.2.3.2 Teoría de los Cuatro
Cuadrantes.
De igual modo, la investigación también se
fundamenta en la teoría de los cuatro cuadrantes, que se
refiere a la cuarta generación de la administración
del tiempo, propuesto y desarrollado por Covey (1998),
según el cual "se basa en organizar y ejecutar
según prioridades", (p. 169), donde los factores que
definen cada actividad en la matriz de planificación son
"urgente, no urgente, importante, no importante"; para su manejo
se debe tener certeza de las prioridades de cada necesidad a fin
de ubicarla en cada cuadrante, se debe analizar siempre cada
actividad que debe cumplirse y responder a las preguntas
¿Son importantes?, ¿Son urgentes?
Al manejar la teoría de los cuatro cuadrantes en
la administración del tiempo, cualquier persona en
especial el gerente de una institución, se debe centrar en
el segundo cuadrante de la matriz de administración del
tiempo donde se ubican los factores: "Importante, No urgente",
que es donde se encuentra el corazón de la
administración efectiva, en función de varios
criterios como son: la coherencia, el equilibrio, la
flexibilidad, ser portátil, la identificación de
los roles, organización semanal, selección de
metas, entre otras.
En este sentido, el gerente ubicado en el segundo
cuadrante, dejará de ser administrador de crisis o de la
inmediatez, de tener una planificación del aquí y
el ahora; a medida que el gerente educacional se centra en el
segundo cuadrante, tendrá una visión de largo
plazo, mantendrá un equilibrio, una disciplina, el
control, se enfrentará a pocas crisis, debido a la
prevención que realiza, teniendo tiempo para planificar
estrategias que le permitan tener la institución
organizada, controlada, en armonía, alcanzándole el
tiempo para cultivar las relaciones interpersonales.
El director del plantel que se centra en el segundo
cuadrante, podrá desarrollar la supervisión como
acompañamiento pedagógico que, ciertamente demanda
tiempo, pero no estará sometido al aquí y el ahora
para atender los problemas de índole administrativa que se
desarrollan por ciclos y en fechas preestablecidas, lo que le
permite organizar su trabajo y su tiempo para atender ambos
asuntos. (p. 161 – 184).
2.2.3.3 Teorías de las
Decisiones.
Simón (1950), plantea que la decisión es
el proceso de análisis y selección, entre varias
alternativas existentes, que la gerencia deberá seguir,
(p. 381). En este sentido es de observar que el proceso de toma
de decisiones está presente en todas las funciones que
debe acometer el gerente, es decir durante la
planificación, la organización, la dirección
y el control.
Por su parte, la teoría del comportamiento,
concibe la organización como un sistema de decisiones.
Para esta teoría no es solamente el administrador quien
toma las decisiones, todas las personas dentro de una
organización, a través de las áreas de
actividad, en todos los niveles jerárquicos y en todas las
situaciones están continuamente tomando decisiones
relacionadas o no con su trabajo.
En las organizaciones educativas, el director es quien
debe tomar decisiones efectivas, para lograr el objetivo
principal, además debe conocer su verdadero rol de
gerente, buscar instrumentos efectivos que le permitan construir
un proceso lógico y alcanzar las metas planificadas. El
gerente educativo al realizar las visitas de
acompañamiento antes de decidir cualquier
situación, debe involucrar al personal, oír
planteamientos, aclarar objetivos.
Además de las teorías mencionadas, el
director como líder pedagógico, debe fortalecer su
desempeño con otros referentes teóricos y
conceptuales, que le permitan producir cambios y transformaciones
en la organización de la escuela. En este sentido, el
Centro de Investigaciones Culturales y Educativas (CICE), hace
una propuesta acerca de las modalidades organizativas
fundamentales para la reorganización pedagógica de
la escuela, las cuales deben ser conocidas y puestas en
práctica por el director del plantel.
2.3 La Educación Básica
Venezolana
2.3.1 Reseña Histórica.
Muchas han sido las reformas hechas al sistema educativo
venezolano con la finalidad de mejorar la calidad de la
educación y con ello mejorar el nivel de vida de la
población.
De estas reformas, una de las más novedosas es la
Educación Básica, ya que comprende en cierta forma
la interpretación de la Educación Primaria y el
Ciclo Básico Común, además de extender la
obligatoriedad de la educación desde el nivel de
Preescolar hasta el 9no grado de Educación Básica.
Ley Orgánica de Educación (1980).
En la Ley Orgánica de 1948 aparece lo que se
pudiera ser considerado como educación general en dos
años, organizaba la educación media en dos ciclos:
el primer ciclo era común para todos y en él se
contempla la especialidad profesional. Sin embargo la
duración de esta Ley fue efímera, ya que fue
derogada en 1949. CERPE (1982).
Cabe destaca, que es a partir del año 1959 cuando
se llevan a cabo estrategias básicas se refiere, al
crearse el Instituto Experimental de Formación
Docente.
En 1964 se crearon los primeros ensayos del Ciclo
Básico Común de la Educación Media en los
Liceos Urbaneja Achepol de Caracas y José Félix
Rivas de la Victoria, existiendo la Educación
Básica General, aunque lo obligatoriedad de la
Educación llegaba hasta 6to grado.
A partir de 1975, se crearon algunas escuelas primarias
de 7mo, 8vo y 9no grado, con la finalidad de asegurar la
prosecución de estudios de aquellos alumnos que no
podían asistir a planteles de otra localidad, y es para el
año 1976, previo diagnóstico, cuando el Ministerio
de Educación elabora un diseño integral de
carácter experimental para Educación Básica.
En 1977, se establece como ensayo pedagógico el
Régimen de la Escuela Básica que impartirá
una enseñanza general de nueve grados.
Ahora bien, es el 13 de Junio de 1980, cuando se crea el
subsistema de Educación Básica mediante el decreto
Nº 646 y se autoriza su implantación como
carácter de ensayo en 72 planteles, los cuales en 1983
fueron incrementados a 1.460.
Debe señalarse que en el año escolar 1985
– 1986, se realiza la implantación de la primera
etapa de Educación Básica, la cual comprende 1ero,
2do y 3er grado.
La implantación de la segunda etapa (4to, 5to y
6to grado), se realiza en el año escolar 1986 –
1987, para finalmente implantar la tercera etapa de este nivel
(7mo, 8vo y 9no grado).
La Educación Básica se encuentra resumida
en la Ley Orgánica de Educación (1980) en tres
artículos: Artículo 9, en el cual se consagra la
obligatoriedad de la Educación Básica.
Artículo 21, donde están establecidos las
finalidades de esta educación y el Artículo 22, en
el que se establece que la aprobación de la
Educación Básica, da derecho a la obtención
del certificado correspondiente.
La Educación Básica tiene como
propósito proporcionar igualdad de oportunidades a toda la
población, formar un individuo participativo, creativo,
orientado hacia la autorrealización y el afianzamiento de
la identidad, contribuir a preparar recursos humanos capaces de
promover el desarrollo socio-económico del
país.
Los aspectos filosóficos principales de la
Educación Básica responden a la filosofía
educativa pedagógica de la Escuela Nueva. Esta
filosofía se fundamenta en el respecto a la personalidad
del educando, la comprensión del aprendizaje
simbólico y la consideración de cada individuo con
sus características peculiares.
Es conveniente mencionar además que la
Educación Básica se sustenta dentro de un
eclectismo científico, es decir, toma los aspectos
positivos de las diferentes corrientes en que se fundamenta el
pensamiento pedagógico contemporáneo, dentro del
esquema lógico de la planificación, diseño,
ejecución, evaluación y actualización
ajustada a la normativa legal vigente. Normativo de
Educación Básica (1987).
En relación a los componentes curriculares que
integran la Educación Básica cabe destacar que son
variados y complejos, por lo cual deben integrarse
armónicamente para que se puedan lograr los fines de la
educación. Estos componentes son: el alumno, el docente,
los planes y programas, los recursos económicos, la
legislación vigente, la infraestructura, los recursos para
el aprendizaje, el entorno social, la administración
educativa, orientación, supervisión, servicio de
apoyo, etc.
Tanto el alumno como el docente son componentes
curriculares de gran significación. El primero, como
producto de un perfil, al finalizar esta importante etapa de su
educación deberá estar en condiciones de analizar,
interpretar y valorar de acuerdo con su desarrollo
bio-psico-social, la realidad en la que se desenvuelve, demostrar
que tiene conocimientos e información necesaria acerca de
la geografía nacional, valorar el trabajo, aprender a
vivir en comunidad y aprender a valorarse a sí mismo para
poder valorar a los demás.
Lo antes expuesto, constituye solo una parte de los
aspectos que debe adquirir progresivamente el alumno de
Educación Básica en las tres etapas en que se
desarrolla este nivel.
El docente por su parte, tiene a su cargo la
formación de los individuos que serán los adultos
del mañana, y de su actividad en el aula de clase,
dependerá el recurso humano que ha de construir el
país de los próximos años. En consecuencia,
el docente constituye un punto clave en la formación de
las generaciones futuras y frente a él, se plantea un reto
que le exige una mayor preparación, un constante
dinamismo, una adaptación al medio y a sus cambios, una
mayor dedicación, o lo que es lo mismo, una nueva actitud
docente.
2.3.2 Soporte Legal.
El normativo de Educación Básica (1987),
define la misma como:
La educación general, esencial, con una
duración no menor de nueve años, obligatoria,
universal y gratuita. Es un servicio público prestado por
el Estado y por particulares que garantiza igualdad de
oportunidades, la participación de la familia y de la
comunidad en el proceso educativo, el respeto a los postulados
constitucionales de idoneidad y moralidad del personal docente.
(p. 35).
2.3.3 Estructura de la Educación
Básica.
El sistema educativo venezolano se encuentra
estructurado en niveles y modalidades.
Los niveles son: Educación Preescolar,
Educación Básica, Educación Media
Diversificada, Profesional y Superior. Las modalidades son:
Educación Especial, Educación para las Artes,
Educación para la Formación de Ministros del Culto
y Educación Extra-Escolar.
2.4 La Supervisión Educativa en la
Educación Básica Venezolana.
2.4.1 Funciones de la Supervisión
Educativa.
La función supervisora se conceptualiza como un
proceso sistemático, continuo y dinámico realizado
con el objetivo primordial de mejorar la calidad de los sistemas
educativos.
El cumplimiento de las políticas educativas del
país, sus planes y programas, no solo es responsabilidad
de los administradores cuya misión es ejecutar esa
política, sino también de la supervisión
educativa que vela porque se cumpla, oriente su ejecución
y mide su rendimiento. Chacón (1986), señala las
siguientes funciones:
2.4.1.1 Administrativas.
Corresponden al sector de administración de la
educación y son todas aquellas que tienen que ver con
planificación, investigación, organización,
dirección, control y evaluación y por último
supervisión, o sea controlar y verificar el funcionamiento
de la administración educativa en todas sus instancias. De
allí que la supervisión, aún cuando es parte
del proceso global de la administración educativa, su
misión está por encima del contexto general de
dicha administración.
2.4.1.2 Técnico-Docente.
Referidas particularmente a la ejecución de la
supervisión docente propiamente dicha, y en este sentido
le corresponde: asesorar, orientar, ayudar al desarrollo del
proceso educativo en general, mejorar, capacitar y actualizar a
los docentes, estimular la creatividad y esfuerzo, ayudar
directamente de los docentes en la aplicación de nuevas
tecnologías y metodologías, divulgar las
técnicas educativas y los resultados del proceso
enseñanza-aprendizaje, coordinar las actividades entre
sí, cooperar y estimular la participación y en
general todo tipo de actividad dirigida de manea directa al
mejoramiento de los procesos educativos.
2.4.1.3 De Relaciones.
La primera gran función de relaciones de la
Supervisión Educativa, es la de servir de enlace entre el
nivel de decisiones en la administración del Sistema
Educativo y los centros y servicios educacionales; es decir,
establecer la comunicación entre el Estado y el Sistema;
entre el nivel de decisión y el de ejecución; entre
los administradores y los docentes, alumnos y comunidad en
general de manera que a los más altos niveles descritos
llegue la información de lo que ocurre abajo y a la
inversa. En segundo lugar, a la Supervisión le corresponde
realizar acciones que tienden a crear y mantener un clima
organizacional de armoniosas relaciones institucionales e
interinstitucionales, promover y estimular la
participación de todo miembro de la comunidad en la
gestión educacional del plantel y demás entes
involucrados con los mismos fines.
2.4.1.4 Función de Control y
Evaluación.
A la Supervisión Educativa le corresponde
verificar el cumplimiento de las normas y obligaciones de
carácter administrativo por parte de los directivos de los
planteles escolares. Realizar evaluaciones de carácter
institucional para comprobar el rendimiento del sistema educativo
en todos sus niveles de funcionamiento, acopiar
argumentación científica para la
reorientación de los planes y programas en desarrollo,
cuando sea necesario.
Así como divulgar los resultados de los efectos
positivos que pongan de manifiesto la capacidad creativa e
innovadora tanto desde el punto de vista de la productividad como
del mantenimiento de adecuados niveles de calidad de vida, en el
trabajo educacional.
2.5 Características Personales y Profesionales
del Docente de la Primea y Segunda Etapa de Educación
Básica.
2.5.1 Características
Personales.
A fin deque el docente de Educación Básica
pueda desempeñar a cabalidad los roles que la sociedad le
exige, debe poseer una serie de condiciones básicas entre
las cuales destacan buena salud física y mental, sentido
del humor y equilibrio emocional. Además debe poseer una
serie de atributos personales que están íntimamente
relacionados con su función, estos son: ser creativo,
honesto, perseverante, reflexivo y crítico, comunicativo,
amplio y receptivo, participativo, responsable y
ético.
De allí pues, que el docente de la tercera etapa
de Educación Básica se encuentre comprometido con
sus alumnos a realizar una labor cada vez mejor, resolviendo uno
a uno los problemas que se le presentan cada día en el
aula de clase.
2.5.2 Características
Profesionales.
La palabra rol según la enciclopedia ESPASA,
(CITADO POR Rodríguez, 1988) tiene la misma
connotación que cargo, función, tarea o papel. En
esta investigación se hace referencia a los roles del
docente como "el conjunto de funciones que desempeña un
educador frente al educando". (p.74).
Tomando en cuenta que, en el proceso educativo, el
alumno desempeña ahora, un papel mucho más
relevante, donde participa activamente en su aprendizaje, el
docente ya no debe ser un simple expositor de conocimientos que
dicte clases magistrales, sino que debe cumplir eficazmente los
siguientes roles: facilitador del aprendizaje, investigador,
orientador, promotor social, planificador, administrador y
evaluador. (Resolución Nº 12).
2.5.2.1 El Docente en su Rol Facilitador del
Aprendizaje.
Se define como el rol por medio del cual, el docente
diseña y desarrolla un sin número de experiencias
de aprendizajes y estrategias metodológicas que responden
a las características del educando y a los
propósitos y objetivos del nivel, modalidad o área
de su ejercicio.
En relación al docente facilitador del
aprendizaje, Sánchez (1986) manifiesta que:
Es necesario promover un ambiente escolar donde el
alumno internalice la necesidad de ser autogestor de su
aprendizaje y no ser dependiente del maestro para poder obtener
conocimientos; esto solo puede lograrse si el maestro deja de ser
transmisor de conocimientos y se convierte en transmisor de
experiencias de aprendizaje, siendo su tarea primordial la de
facilitar, aclarar y promover la participación de sus
alumnos y crear un ambiente de confianza que promueve mejores
relaciones en los conjuntos facilitador-alumno, alumno-alumno.
(p. 91).
Dentro de este orden de ideas, es necesario
señalar que una clase no debe descansar solamente sobre el
docente, como si este estuviera colocado en una posición
de superioridad con respecto a los demás que están
en ella; una clase debe ser responsabilidad de todos sus
participantes; tanto los alumnos como el profesor deben
investigar, intervenir e intercambiar ideas y de esta forma
establecer un clima de confianza donde los alumnos no sientan
temor de expresarse libremente ni de equivocarse y en
consecuencia ser objeto de las críticas de sus
compañeros.
Según Machado, (citado por Rodríguez,
1988):
El maestro adopta principalmente tres roles en su
trabajo docente que pueden intercambiarse según la
función y el momento frente a sus alumnos, estos son: el
rol de proveedor, el rol de modelo y el rol de interactor. El rol
del docente como proveedor se manifiesta porque es la persona que
provee al niño de experiencias significativas para su
proceso de desarrollo. El ambiente escolar y la comunidad en
general están dotados de múltiples materiales,
algunos de los cuales los alumnos desconocen, por lo que la
presencia y oportuna intervención del docente sirve para
estimularlos en la búsqueda de información o
respuestas a sus interrogantes. (p. 77).
El rol de proveedor citado por Machado tiene
correspondencia con el rol de facilitador que Rogers (1980),
considera como una de las principales características de
un buen docente.
En relación al docente facilitador Valderrama
(citado por Serjal, 1991), expresa lo siguiente:
El profesor debe ser un facilitador generalista, lo que
significa un ideal que difícilmente un discurso
descriptivo lo pueda precisar. Pero es una utopía
útil como una meta hacia la cual caminar. Un facilitador
general es una persona capaz de establecer contacto
empático con sus alumnos. Son aquellos que estimulan y
facilitan el aprendizaje en sí mismos de sus
estudiantes…un facilitador generalista habla y deja
hablar, escucha y deja escuchar, actúa dentro y fuera del
aula, con brillo y sin ella, con frío o calor. Puede hacer
todo esto porque está ocupado en dejar que sus alumnos
sean ellos mismos y también está ocupado en ser el
mismo en su mejor aspecto. (p. 47).
De allí pues, un docente facilitador,
deberá ser profesional que se comunique ampliamente con
sus alumnos, que los estimule a participar activamente en la
clase y que sea capaz de atender las diferencias individuales de
cada uno de ellos, atendiendo a sus necesidades, motivaciones e
intereses. Estará en capacidad de escuchar a sus alumnos
atentamente, permitiéndoles que emitan sus opiniones y a
la vez orientarlos hacia el aprendizaje.
2.6 Crecimiento Profesional del Docente en
Relación con su Praxis Pedagógica.
2.6.1 Crecimiento Profesional del
Docente.
En la práctica existe una cierta diversidad de
concepciones y definiciones referidas a desempeño
ocupacional. Al respecto, conceptos como la iniciativa y
creatividad figuran como indicadores. La Confusión radica
en que estos términos no describen acciones o
actuaciones
laborales sino más bien atributos, cualidades
personales complejas que puedan o no estar asociadas al
desempeño en un cargo específico. Por su parte la
medición y evaluación de estas cualidades suelen
ser un proceso complejo que demanda el empleo de conceptos y
métodos de psicología.
También suelen utilizarse como indicadores del
desempeño, los términos responsabilidad,
cooperación, interés por el trabajo y
sociabilidad.
Al igual que los citados antes, estos conceptos
describen atributos, cualidades personales que podrían
estar asociados al desempeño en un cargo particular pero
no son el desempeño.
A juicio de Toro (1992), su inclusión en un
sistema de evaluación del desempeño pueden generar
errores, apreciación y juicios de inquietud por dos
razones principales: primera por confusión de la causa con
el efecto y segunda, por pretender calificar el puesto de trabajo
que desempeña. En esencia, es una actuación
orientada a un resultado. Por tratarse del hombre es algo
observable como acción o conjunto de acciones que se
captan mediante los sentidos o a través de los resultados
que la acción produce.
Es entonces el desempeño una realidad observable,
medible y dinámica; su carácter dinámico
radica en que el desempeño es acción; es una
secuencia de acontecimientos conductuales producidos por la
persona; es la articulación coherente de ciertas acciones
humanas necesaria para alcanzar un resultado. Por su parte, una
tarea es una prescripción de la acción laboral. La
acción mediante la cual se realiza la tarea es el
desempeño.
2.6.2 Los Equipos de Trabajo.
Son modalidades de organización y de trabajo
colectivo, que tienen como objetivo tomar decisiones relativas a
la marcha de la institución y acometer diferentes trabajos
pedagógicos necesarios para su buen funcionamiento:
planificaciones, evaluaciones, elaboración de material de
apoyo, entre otros, lo que permite que los docentes sean ellos
mismo aprendices y los anima a aprender juntos, no de otros, en
colaboración mutua, mejorando las relaciones
interpersonales y la comunicación entre los miembros, a su
vez que la participación genera compromisos y
satisfacción personal y profesional.
2.6.3 Intercambios Pedagógicos.
Son modalidades que incluyen actividades compartidas de
intercambio profesional entre los docentes de una misma
institución o de otras instituciones: intercambios de
materiales de apoyo, de métodos didácticos, de
estrategias metodológicas, de conocimientos acerca de
temas determinados, de planificaciones, evaluaciones, ideas para
superar deficiencias detectadas en los alumnos o de innovaciones
para desarrollar algún objetivo del
currículum.
2.6.4 Formación Dentro de la
Escuela.
Es una modalidad organizativa que trata de convertir el
Plantel es una alternativa para los docentes, en donde se le
faciliten las herramientas conceptuales o metodológicas
que le permitan resolver problemas pedagógicos y superar
dificultades que se le presentan en su práctica cotidiana
para beneficiar a los alumnos. La escuela debe ser capaz de
organizar sus propios talleres o programas de
formación.
2.6.5 Acompañamiento
Formativos.
Tienen como finalidad realizar observaciones sobre el
desarrollo de la actividad de clase, para brindar apoyo que sirva
de feed-back o retroalimentación en el desempeño de
sus funciones al docente acompañado.
Lo señalado arriba sugiere que el director,
conociendo estas modalidades y propiciando sus prácticas,
estará contribuyendo con la capacitación y
formación profesional de los docentes, con el mejoramiento
de los procesos pedagógicos, con la resolución de
problemas y dificultades que se le presentan al docente en su
aula de clases y, sobre todo, con modalidades que benefician a
los niños.
Sin embargo, éste debe aprender a delegar
funciones en los equipos, pero a controlar su ejecución.
Si no existe esta supervisión, la organización del
trabajo de los docentes en equipo se perderá. Debe,
además, estar vigilante que cada quien cumpla con las
responsabilidades asignadas, haciendo el respectivo seguimiento,
en donde está la clave del éxito de todas las
actividades, teniendo presente delegar no es sinónimo de
"dejar hacer" sino que hay que delegar y supervisar
simultáneamente para no perder su liderazgo
pedagógico y poder producir cambios y transformaciones
permanentes en la organización escolar.
Esto supone que el director debe poseer un perfil de
competencias tanto personales como académicas y
profesionales, que le permita asumir el compromiso
pedagógico, la administración de la
instrucción y el desarrollo eficiente de sus funciones,
para poder propiciar y conducir dichos cambios, los cuales se
hacen fundamentales para el éxito de la
escuela.
2.7 Perfil del Docente ajustado al Principio de la
Normativa Legal Vigente.
2.7.1 El Perfil del Docente.
El docente juega un papel muy importante en la nueva
concepción de la Educación Básica en
Venezuela, la cual plantea entre sus principales postulados el
principio de "aprender a aprender", en el que éste
será un organizador y orientador de las situaciones de
aprendizaje.
En la concepción tradicional de la
educación bancaria, el docente es el eje central, porque
lo hace todo: explica contenidos, señala actitudes, regula
el tiempo, evalúa; en la Escuela Nueva, que es la
concepción en que se apoya la Educación
Básica, también el educador juega un papel central
pero con un giro diferente, orienta el proceso, facilita el
aprendizaje, es inspirador, promotor y acompañante del
alumno en la difícil pero maravillosa tarea de
aprender.
En relación al docente de Educación
Básica, Ravelo (1980), sostiene que este deberá ser
conductor, es decir una persona que centre su acción
docente en la cooperación de todos, que entienda que la
internación es un factor fundamental para el éxito
de la función docente. Sostiene además, que el
docente de Educación Básica debe poseer cualidades
de líder, preparación científica, ser
inteligente, tener fluidez al hablar, saber escuchar, capacidad
de identificar necesidades, de motivar a sus alumnos para que,
canalizando sus esfuerzos, puedan hacer uso racional de los
recursos.
En la Resolución Nº 12 (1983), están
contenidos los elementos orientadores que deben ser tomados en
cuenta por los Institutos de Educación Superior que tienen
bajo su responsabilidad la formación de los
docentes.
Los Institutos de formación docente deben
trabajar en función de un docente conocedor de la realidad
educativa venezolana, que esté capacitado para comprender
la relación que existe entre la educación y su
entorno. Un docente que esté preparado para formar
verdaderos agentes de cambio que intervengan en la
transformación del País.
El perfil de un docente está constituido por las
características, cualidades, actitudes, capacidades y
perfeccionamiento profesional y personal deseables que
éste debe reunir.
2.7.2 Soporte Legal.
Instrumentos de carácter legales que enmarcan las
bases jurídicas y especifican al Estado Nacional la
construcción del perfil del docente ajustado a los
principios del nuevo modelo educativo del siglo XXI.
La Ley Orgánica de Educación en el
artículo 78 y 79 del Capítulo II del Ejercicio de
la Profesión Docente, establece que la educación
estará a cargo de personas de reconocida moralidad y de
idoneidad docente comprobada, provista del título
profesional respectivo. El Ejecutivo Nacional establecerá
un régimen de concursos obligatorios para la
provisión de cargos.
Para ejercer la docencia en las asignaturas vinculadas
ala nacionalidad en educación Preescolar, Básica y
Media Diversificada y Profesional se requiere ser
venezolano.
Así mismo en el Reglamento del Ejercicio de la
Profesión Docente en su artículo 4ª y explica
que la carrera docente estará a cargo de personas de
reconocida moralidad y de idoneidad docente comprobada, provista
del título profesional respectivo.
Finalmente en la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela en su artículo 4
específica que la educación estará a cargo
de personas de reconocida moralidad y de comprobada idoneidad
académica. El Estado estimulará su
actualización permanente y les garantizará la
estabilidad en el ejercicio de la carrera docente, bien sea
pública o privada, atendiendo a esta Constitución y
a la Ley, en su régimen de trabajo y nivel de vida acorde
con su elevada misión. El ingreso, promoción y
permanencia en el sistema educativo, serán establecidos
por la ley y responderá a criterios de evaluación
de méritos, sin injerencias partidistas o de otra
naturaleza no académica.
CAPÍTULO III
Marco
metodológico
3.1 Tipo y Diseño de la
Investigación.
El desarrollo de la presente investigación esta
enmarcado dentro de un estudio documental de tipo descriptivo. En
este sentido la Universidad Pedagógica Experimental
Libertador en su Manual de Trabajo de Grado de
Especialización y Maestría y Tesis Doctorales
(2006), refiere que la investigación documental, "es el
estudio de problema con el propósito de ampliar y
profundizar el conocimiento de su naturaleza, con apoyo
principalmente en trabajos previos, información y datos
divulgados por medios impresos, audiovisuales o
electrónicos.
En este caso se analizará la praxis
pedagógica del docente en la I y II Etapa de
Educación Básica de la Escuela "Prospero
Agustín Ocando", en Boca de Aroa, Municipio José
Laurencio Silva, Estado Falcón, para ello el autor
revisó abundante bibliografía referidas a la
acción educativa del docente en la I y II Etapa de
Educación Básica asimismo se tomó los
aportes de Trabajos Especiales de Grados que sirvieron como
antecedente de estudio.
Cabe destacar, que este permitió conformar el
marco teórico conceptual sobre la praxis pedagógica
del docente, a fin de mejorar su eficiencia y calidad en las
actividades pedagógicas. La técnica de
recolección de información bibliográfica se
efectúo por medio de la revisión de fuentes
primarias y secundarias.
Al respecto, Tamayo y Tamayo (1998), refieren que estos
datos se encuentran en "Enciclopedias, Diarios, Libros, Internet
y otros materiales", (P. 34). En este caso se utiliza como fuente
para recolectar datos de revisión de textos, documentos y
Trabajos Especiales de Grados presentados anteriormente y que
además guardan relación directa o indirecta con el
objetivo de estudio.
Referente al tipo descriptivo, Méndez (1998), en
su texto: "Metodología", describe "Según el nivel
de conocimiento, se identifican características del
universo de investigación, señala formas de
conductas, establece comportamientos concretos, descubre y
comprueba asociación entre variables". (P.
122).
Es de esta forma, siguiendo los lineamientos del tipo de
estudio mencionado, como se presentan las diferentes relaciones
entre las variables que se tomaron en consideración para
lograr analizar y estudiar las praxis pedagógica del
Docente en la I y II Etapa de Educación Básica en
Boca de Aroa, Municipio José Laurencio Silva, Estado
Falcón.
3.2 Procedimientos.
En el presente estudio se utiliza el método
deductivo, basado en las referencias de Méndez (1997), "es
el proceso de conocimiento que se inicia con la
observación de fenómenos generales con el
propósito de señalar las verdaderas particulares
contenidas explícitamente en la situación general".
(P. 131). A tal efecto, se procedió de la siguiente
forma:
1. Relimitación del problema de
estudio.2. Descripción del fenómeno
objeto de estudio.3. Elaboración de las interrogantes y
objetivos de la investigación.4. Selección de Trabajos Especiales de
Grado que guardan relación directa o indirecta con el
objeto de estudio.5. Revisión de Bibliografías y
Documentos que guardan relación con el objeto de
estudio, para conformar el Marco Teórico.6. Elaboración de Fichas
Bibliográficas y de Resumen.7. Se utilizó como método el
deductivo.8. Visita de observación a la Escuela
"Prospero Agustín Ocando". En la Parroquia de Boca de
Aroa, Municipio Autónomo José Laurencio Silva,
Estado Falcón.
CAPÍTULO IV
Conclusiones y
recomendaciones
4.1 Conclusiones.
Del tratamiento de toda la información procesada
se pueden extraer las siguientes conclusiones.
– La supervisión educativa debe verse como un
proceso que fomente y fortalezca el mejoramiento profesional del
docente y como una manera de identificar sus cualidades como
punto de partida para diseñar políticas que
coadyuven los procesos de enseñanza y
aprendizaje.
– La supervisión educativa hacia el docente
está influenciado por factores internos y externos del
individuo y estos están acorde con sus
características personales entre ellas; capacidad de
aprendizaje, motivación, ambiente, actividades, estado
emocional y valores. El docente debe reunir condiciones
básicas para cumplir a plenitud con su labor, gozar de
salud física y mental, reflejar sentido del amor y
equilibrio emocional, además tener una serie de
características personales inherentes a su rol.
– La praxis pedagógica es una realidad
observable, medible y dinámica; es una secuencia de
acontecimientos conductuales producidos por la persona, es la
articulación coherente de ciertas acciones humanas
necesaria para alcanzar un resultado. Por su parte, una tarea es
una prescripción de la acción laboral, la
acción mediante la cual se realiza la tarea es la
acción pedagógica.
– El carácter desarrollador de la
supervisión educativa del docente se cumple también
cuando la misma contiene juicio sobre lo que se debe logra para
mejorar sus resultados. El carácter desarrollador de la
supervisión, por si solo, justifica su necesidad. Una de
las precisiones esenciales que deben hacerse como parte del
proceso de construcción de un sistema de
supervisión educativa de los docentes, es la de sus fines,
pues sin dudas está en una condición necesaria,
aunque no suficiente para alcanzarlos.
– La supervisión educativa puede servir a dos
propósitos básicos: responsabilidad y desarrollo
profesional. El primero de ellos implica la reunión de
datos para determinar el grado en que los profesores han
alcanzado niveles mínimos aceptables de competencia y
definido los estándares que deben lograr. El
interés por la responsabilidad ha tenido a dominar los
pensamientos y las acciones de los directivos responsables de la
supervisión de los docentes.
Dicha supervisión tiene, como foco central de
atención, la reunión de datos para ayudar a crecer
a aquellos docentes que son, por lo menos, componente en su
trabajo.
– Se proclama la educación como un derecho humano
y como un deber constituido de la raíz más esencial
de la democracia, y se le declara gratuita y obligatoria, y asume
el Estado como función indeclinable y de servicio
público.
– De acuerdo con la CRBV, la educación es plural
en su apretura a todas las corrientes del pensamiento
científico, humanístico y tecnológico. Debe
estar orientada al desarrollo pleno de la personalidad para el
disfrute de una existencia digna, que transcurra con una
valoración ética del trabajo y con una conciencia
de participación ciudadana.
El propósito es que cada venezolano se sienta
parte de una sociedad democrática, de la cual sea
activamente solidaria en su transformación hacia un
país con una firme identidad histórica nacional y
al mismo tiempo, con vocación latinoamericana y
universal.
4.2 Recomendaciones.
– La primera recomendación deberá
orientarse a sensibilizar a directivos y docentes para
profundizar los estudios destinados a detectar cuales son las
variables que producen mayor impacto en la elevación de la
calidad del proceso formativo de los alumnos.
– Esta sugerencia se amplia respecto de los demás
interesados como autoridades educativas, investigadores y otros.
La educación constituye uno de los soportes más
importantes en la configuración de la personalidad. Un
individuo sin este tipo de recurso, o con una formación
regular quedará despotenciado para insertarse validamente
en el contexto del grupo social. La sociedad moderna ha
establecido elevados niveles de exigencia formativa lo cual debe
aplicarse a los docentes en primer lugar, para contribuir a
elevar la calidad de la formación que se
imparte.
– Las autoridades regionales en el campo educativo y los
directivos deben impulsar la realización de actividades
destinadas a concienciar sobre la necesidad de la
formación permanente. El directivo y docente son lo que
requieren de más demanda y actualización a fin de
que su enseñanza sea de mayor eficacia en cuanto a
resultados educativos.
– Las Instituciones Educativas, requieren de la
aplicación de un Modelo de Supervisión Educativa
que pueden ser adaptado para que la observación sea hecha
por otras personas, como por ejemplo el directivo o algún
colega.
– La supervisión educativa es esencialmente un
juicio de valor, profundamente comprensivo de una realidad, en
este caso con la acción y participación del
directivo hacia el docente, el diseño y desarrollo de la
praxis educativa y su proyección socio relacional y
profesional para configurarse como juicio ajustado
crítico-formativo de la acción e implicación
de los participantes, necesita de la indagación y la
innovación.
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Supervisión para Mejores Escuela. México:
Trillas.
DEDICATORIA.
A Dios Todopoderoso, eje central de mi vida, que inspira
y derrama la luz de su sabiduría y que siempre está
conmigo.
A mi esposa Yoselys Oliveros, por su comprensión,
paciencia, colaboración y apoyo moral en la
elaboración del Trabajo Especial de Grado.
A mi Madre Gladys Josefina Fernández, fuente de
inspiración y equilibrio de todo mi ser.
A mi Padre Alfredo Solís Hurtado, por su ejemplo
y valor moral que marcó huella en lo más profundo
de mí ser.
A mis hijas, María Alejandra y Pamela Franshesca
Solís, mis dos estaciones; invierno y primavera ambas
modifican mi vida, mi alma, mi amor.
A Venezuela, País donde nací, cuna del
Libertador, por ser siempre tierra de gracia y de prosperidad, de
grandes Montañas, Serranía, de hermosos
ríos, lagos, selvas y el caudaloso Orinoco testigo de la
historia natural, así como nuestro hermoso Mar Caribe
perla de luz de nuestros aborígenes guerreros, a ti mi
País, mi Patria y mi Tierra, gracias por ser siempre
mía.
Licdo. Francisco Solís.
AGRADECIMIENTO.
A los Profesores de la Universidad Santa
María.
A la Doctora Nilsa Graterol por su apoyo incondicional y
profesionalismo en el desarrollo del Trabajo Especial de
Grado.
A mis compañeros de estudio, Ninón,
Graciela, José, Yonacys y Henry por tenerme mucha
paciencia durante el ciclo de capacitación en la
Especialización de Gerencia Educativa.
A Todos.
Gracias.
Autor:
Francisco Solís
Tutor: Graterol Nilsa
UNIVERSIDAD SANTA MARÍA
DECANATO DE POSTGRADO Y
EXTENSIÓN
COORDINACIÓN DE
INVESTIGACIÓN
ESPECIALIZACIÓN EN GERENCIA
EDUCATIVA
Trabajo Especial de Grado presentado como
requisito para optar al Título de Especialista en Gerencia
Educativa.
Valencia, Noviembre 2006.
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